Portugal: Representante Fiscal, Registro de IVA y Facturas IVA
A - TIPOS DE IVA
19 % IVA - En general
12 % IVA – Restaurantes
5% IVA – Hoteles, productos alimenticios
B – LÍMITES
El registro del IVA será obligatorio :
• para las empresas que importan y/o exporten bienes.
• que el importe facturado exceda de los 8978,37 EUR
• Ventas a distancia intracomunitarias con un umbral de 31424,27EUR
C - DOCUMENTOS A AÑADIR
1. REPRESENTANTE FISCAL
Facultativo para residentes en la UE
Para empresas extranjeras no establecidas en la UE, y sin establecimiento permanente en Portugal y que preste servicios susceptibles de tributación en portugal, es obligatorio el nombramiento de un representante.
Requisitos para el nombramiento de representnte
Es necesario otorgar poder de representación antes del inicio de las operaciones, a una persona juridica que tenga la sede o un establecimiento permanente en Portugal. Este poder debe estar redactado integramente en español, con firma legitimada notarialmente.
Derechos y obligaciones del Representante Fiscal
El representante es responsible solidario por el cumplimiento de las obligaciones fiscales y sanciones que puedan aplicarse
D – LA FACTURA
• Solamente los documentos originales con la palabra FACTURA o INVOICE y con los siguientes datos:
Nombre y dirección del proveedor
Descripción detallada de los servicios y/o bienes con importes individuales y totales
Fecha completa
IVA- valor y porcentaje
E – PLAZO DE PRESENTACIÓN
• Trimestrales:
Fecha de la factura Fecha de presentación
• del 1 de enero al 31 de marzo Hasta el 15 de mayo
• del 1 de abril al 30 de junio Hasta el 15 de agosto
• del 1 de julio al 30 de septiembre Hasta el 15 de noviembre
• del 1 de octubre al 31 de diciembre Hasta el 15 de febrero
• Mensuales: Si el volumen de operaciones excede de los 498.797,90EUR
FACTURA A NOMBRE DE
Empresa: Sí
Empleados: No
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